Cehegín más limpio

En la pasada Comisión de Gobierno celebrada el día 2 de febrero del presente, el Ayuntamiento de Cehegín, aprobó la propuesta llevada a cabo por el Concejal de Obras y Servicios, Gregorio Morales, por la que se ordenará a los concesionarios de cualquier tipo de licencia de obra, promotores, constructores y directores y co-directores de obras, construcciones e instalaciones, por su condición de responsables que, el depósito o acopio en la vía pública de escombros, arenas, tierras, materiales o mercancías necesarios para su empleo en la obra, construcción e instalaciones, se ha de llevar a cabo mediante contenedores. También que, tales contenedores, deberán de ser retirados del dominio público quedando libre y expedito desde las 14:00 horas del sábado hasta las 24, 00 horas del domingo y de 0, 00 a 24, 00 horas en días festivos. Lo anteriormente expuesto se llevará a cabo en determinadas calles, céntricas, de uso habitual por numerosos peatones, de mayor tráfico, etc.

Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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En la pasada Comisión de Gobierno celebrada el día 2 de febrero del presente, el Ayuntamiento de Cehegín, aprobó la propuesta llevada a cabo por el Concejal de Obras y Servicios, Gregorio Morales, por la que se ordenará a los concesionarios de cualquier tipo de licencia de obra, promotores, constructores y directores y co-directores de obras, construcciones e instalaciones, por su condición de responsables que, el depósito o acopio en la vía pública de escombros, arenas, tierras, materiales o mercancías necesarios para su empleo en la obra, construcción e instalaciones, se ha de llevar a cabo mediante contenedores. También que, tales contenedores, deberán de ser retirados del dominio público quedando libre y expedito desde las 14:00 horas del sábado hasta las 24, 00 horas del domingo y de 0, 00 a 24, 00 horas en días festivos. Lo anteriormente expuesto se llevará a cabo en determinadas calles, céntricas, de uso habitual por numerosos peatones, de mayor tráfico, etc.

Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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En la pasada Comisión de Gobierno celebrada el día 2 de febrero del presente, el Ayuntamiento de Cehegín, aprobó la propuesta llevada a cabo por el Concejal de Obras y Servicios, Gregorio Morales, por la que se ordenará a los concesionarios de cualquier tipo de licencia de obra, promotores, constructores y directores y co-directores de obras, construcciones e instalaciones, por su condición de responsables que, el depósito o acopio en la vía pública de escombros, arenas, tierras, materiales o mercancías necesarios para su empleo en la obra, construcción e instalaciones, se ha de llevar a cabo mediante contenedores. También que, tales contenedores, deberán de ser retirados del dominio público quedando libre y expedito desde las 14:00 horas del sábado hasta las 24, 00 horas del domingo y de 0, 00 a 24, 00 horas en días festivos. Lo anteriormente expuesto se llevará a cabo en determinadas calles, céntricas, de uso habitual por numerosos peatones, de mayor tráfico, etc.

Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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En la pasada Comisión de Gobierno celebrada el día 2 de febrero del presente, el Ayuntamiento de Cehegín, aprobó la propuesta llevada a cabo por el Concejal de Obras y Servicios, Gregorio Morales, por la que se ordenará a los concesionarios de cualquier tipo de licencia de obra, promotores, constructores y directores y co-directores de obras, construcciones e instalaciones, por su condición de responsables que, el depósito o acopio en la vía pública de escombros, arenas, tierras, materiales o mercancías necesarios para su empleo en la obra, construcción e instalaciones, se ha de llevar a cabo mediante contenedores. También que, tales contenedores, deberán de ser retirados del dominio público quedando libre y expedito desde las 14:00 horas del sábado hasta las 24, 00 horas del domingo y de 0, 00 a 24, 00 horas en días festivos. Lo anteriormente expuesto se llevará a cabo en determinadas calles, céntricas, de uso habitual por numerosos peatones, de mayor tráfico, etc.

Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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Esta orden, viene determinada por la necesaria compatibilidad entre el uso privativo, anormal y temporal (basado en circunstancias excepcionales como resultan ser la realización de obras, construcciones e instalaciones) con el uso común, general y normal que constituyen los caracteres básicos de la utilización de los bienes de dominio público que, en el caso que nos ocupa supone la necesaria fluidez del tráfico rodado y uso peatonal por la colectividad de tales bienes.

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CEHEGIN MÁS LIMPIO.

En el Pleno Extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de Cehegín, el día 18 de marzo, se aprobó por unanimidad la declaración de interés público a una instalación de un 'punto limpio' o ecoparque. El 'punto limpio', es un lugar donde los ciudadanos pueden depositar los residuos, con la certeza de que serán retirados por gestores autorizados, que procederán a su posterior reciclaje o procesamiento, constituyendo un sistema de recogida selectiva de residuos, que responde a varios objetivos tales como:

Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

Evitar el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño, que no pueden ser eliminados, por medio de los servicios urbanos de recogida de basuras.

Separar los residuos peligrosos que se generen en los hogares, cuya eliminación con el resto de las basuras o mediante vertido a la red de saneamiento, supone un riego para los operarios de estos servicios, daños en las estaciones de depuración de aguas residuales y contaminación medioambiental.

Servir de punto de información y formación medioambiental a los ciudadanos y en especial a escolares, al contar con aulas medioambientales en las propias instalaciones.

Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

El presupuesto estimado de Ejecución Material asciende a la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS EUROS (97.300 euros).

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En el Pleno Extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de Cehegín, el día 18 de marzo, se aprobó por unanimidad la declaración de interés público a una instalación de un 'punto limpio' o ecoparque. El 'punto limpio', es un lugar donde los ciudadanos pueden depositar los residuos, con la certeza de que serán retirados por gestores autorizados, que procederán a su posterior reciclaje o procesamiento, constituyendo un sistema de recogida selectiva de residuos, que responde a varios objetivos tales como:

Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

Evitar el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño, que no pueden ser eliminados, por medio de los servicios urbanos de recogida de basuras.

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Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

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La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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Servir de punto de información y formación medioambiental a los ciudadanos y en especial a escolares, al contar con aulas medioambientales en las propias instalaciones.

Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

El presupuesto estimado de Ejecución Material asciende a la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS EUROS (97.300 euros).

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CEHEGIN MÁS LIMPIO.

En el Pleno Extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de Cehegín, el día 18 de marzo, se aprobó por unanimidad la declaración de interés público a una instalación de un 'punto limpio' o ecoparque. El 'punto limpio', es un lugar donde los ciudadanos pueden depositar los residuos, con la certeza de que serán retirados por gestores autorizados, que procederán a su posterior reciclaje o procesamiento, constituyendo un sistema de recogida selectiva de residuos, que responde a varios objetivos tales como:

Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

Evitar el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño, que no pueden ser eliminados, por medio de los servicios urbanos de recogida de basuras.

Separar los residuos peligrosos que se generen en los hogares, cuya eliminación con el resto de las basuras o mediante vertido a la red de saneamiento, supone un riego para los operarios de estos servicios, daños en las estaciones de depuración de aguas residuales y contaminación medioambiental.

Servir de punto de información y formación medioambiental a los ciudadanos y en especial a escolares, al contar con aulas medioambientales en las propias instalaciones.

Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

Evitar el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño, que no pueden ser eliminados, por medio de los servicios urbanos de recogida de basuras.

Separar los residuos peligrosos que se generen en los hogares, cuya eliminación con el resto de las basuras o mediante vertido a la red de saneamiento, supone un riego para los operarios de estos servicios, daños en las estaciones de depuración de aguas residuales y contaminación medioambiental.

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Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

Evitar el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño, que no pueden ser eliminados, por medio de los servicios urbanos de recogida de basuras.

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Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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Aprovechar aquellos materiales, contenidos en los residuos sólidos urbanos domiciliarios, que pueden ser reciclados directamente y conseguir con ello un ahorro de materias primas energéticas, así como una reducción de la cantidad de residuos, que es necesario tratar y eliminar.

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Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

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Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

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Para la ubicación del punto limpio, se ha elegido parte de los terrenos de que dispone el Ayuntamiento de Cehegín junto a la depuradora de San Ginés. Estos terrenos fueron incluidos en la declaración de utilidad pública para la ampliación de la depuradora, que fue aprobada el día 22 de junio de 1.998.

Las obras que comprenden el presente proyecto, están formadas por un conjunto modular de edificaciones que se asientan sobre una superficie global de 1.200 m2 donde se sitúan los contenedores.

El conjunto modular del punto limpio está dimensionado de tal forma, que permite su posible ampliación, tanto en edificación, como en el conjunto de su superficie.

La actividad es conveniente que se aleje del casco urbano, ya que la manipulación de residuos sólidos puede dar lugar, por un mal funcionamiento ocasional a olores, ruidos y proliferación de insectos, etc. Esta actividad no es aconsejable que se ubique en un polígono industrial, ya que podría crear grandes perjuicios, en caso de mal funcionamiento, a otras actividades como son las conserveras, alimentarias en general, etc.

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